Concejal de Pitrufquén es Suspendido de su Cargo

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Se trata del Concejal Luis Marican Marican, quien en noviembre del año 2019 chocó tras conducir en estado de ebriedad. El hecho se registró en la calle Gronow, a metros de la 5ta. Comisaría de Carabineros de Pitrufquén.

Esto ocurrió la madrugada del 30 de noviembre, alrededor de las 1.00 horas, cuando Marican a raíz de su estado de ebriedad perdió el control del vehículo que conducía desviando su trayectoria, colisionando y dañando en su parte frontal una camioneta que se encontraba estacionada al costado de la calle.

Foto del accidente

Hasta el lugar concurrió personal de Carabineros, verificando los daños producidos, así como el estado de ebriedad del Concejal, quien presentaba un fuerte halito alcohólico, rostro congestionado e incoherencias al hablar; por lo cual fue sometido a prueba respiratoria, la cual arrojó como resultado 1.15 gramos por mil de alcohol en el cuerpo.

A su vez fue trasladado hasta el hospital de Pitrufquén, a fin efectuar toma de sangre, para posterior alcoholemia, examen que arrojó como resultado 1.51 gramos por litro de alcohol en la sangre.

Pasado unos días del accidente, el Concejal Marican manifestó que lamentaba lo ocurrido, reconociendo que había cometido un grave error. “Lamento que no nos podamos sacar el cartel de Concejal, cometí un tremendo error, como cualquier ser humano, pero a su vez, es una nueva experiencia y una tremenda lección de vida, ahora solo me queda volver a levantarme, porque estoy seguro que me condenarán detrás de un celular, pero tengo la posibilidad de poder decir que gracias a Dios estoy vivo, pero nadie está libre de que le suceda algo. Hoy me tocó a mí, mañana va a ser otra persona. Lo que fue una hermosa celebración de cumpleaños, solo por mi irresponsabilidad se convirtió en un lamentable accidente de tránsito, que asumiré con absoluta responsabilidad”.

El Juzgado de Garantía de Pitrufquén, condenó a Luis Marican a “la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa ascendiente a un tercio de unidad tributaria mensual, dos años de suspensión de licencia de conducir y a las accesorias de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de conducir en estado de ebriedad (…)”, señala la sentencia.

Además, el documento dice que “la multa impuesta se sustituye por 1 día de reclusión y se tiene por cumplidas con cargo al periodo de detención en esta causa”.

Además, “que reuniendo los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna por 61 días, entre las 22 PM y 06 AM horas de cada día”.

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