Municipalidad de Pitrufquén presentó recurso de protección a favor de vecinos de villa “Las Abejitas”

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Pobladores han visto afectada su calidad de vida, producto de la deficiente condición sanitaria en la que viven.

La Municipalidad de Pitrufquén, a través del alcalde Jorge Jaramillo Hott, en conjunto con la representante legal de la junta de vecinos “Las Abejitas”, la dirigenta Nancy Salas Valdivia, presentaron un recurso de Protección, en contra de la empresa “Aguas Araucanía” y la “Superintendencia de Servicios Sanitarios”.

“Ello porque las personas están siendo afectadas por las emanaciones de gases tóxicos, olores pestilentes e insalubres, además que no cuentan con sistemas de alcantarillado dignos” indicó la autoridad municipal.

“Ésto expone a las y los vecinos a una prolongada vulneración de sus derechos, ya que vemos un actuar omisivo de las autoridades sanitarias, razón por la cual se ha presentado este recurso que busca que las más de 30 familias que viven en dicho sector, puedan tener una mejor calidad de vida.

“Con las últimas lluvias, se rebalsaron las aguas de los servicios higiénicos, de nuestros lavaplatos Nuestras viviendas están hechas un asco. Le hemos reclamado a ” Aguas Araucanía” y la solución que nos entregan es llenarnos de cloro. Nosotros no queremos más cloro. Queremos soluciones” expresó la dirigenta vecinal .

RECURSO DE PROTECCIÓN

El documento fue presentado en la Corte de Apelaciones de Temuco, y entre las garantías que invoca se encuentra el
“Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación” que consagra la Constitución política de Chile, en el artículo 19 Nº8.

El recurso busca, entre otras medidas, que se ordene a Aguas Araucanía, que en forma inmediata, instruya a personal profesional y técnico de su dependencia para que se constituya en el lugar y repare en forma adecuada y definitiva las cámaras de alcantarilladas defectuosas y que asimismo repare los daños provocados a los usuarios siniestrados.

Junto con ello se solicita ordenar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que adopten en el plazo más breve posible, las medidas preventivas, correctivas y de coordinación de los procedimientos para evitar los permanentes riesgos para la salud de la población y los daños al medioambiente, las que deberán informarse a esta Corte, incluyéndose la instrucción de las investigaciones y/o sumarios internos respectivos que permitan dilucidar las responsabilidades administrativas involucradas y adoptar las medidas necesarias para impedir que se repitan actos como los expuestos en este recurso, asimismo, que derive los antecedentes con los que cuenta a la Autoridad Sanitaria, para que ésta adopte las medidas sanitarias de resguardo a los afectados debiendo la recurrida remitir copia de los resultados de las investigaciones administrativas a esta Corte.

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