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Rechazan petición de modificar la medida cautelar a tres de los 8 condenados por el homicidio de Camilo Catrillanca

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol mantuvo este lunes las medidas cautelares a que están sujetos los Carabineros dados de baja Carlos Roberto Alarcón Molina, Raúl Evaristo Ávila Morales y Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz, condenados en el denominado caso Catrillanca, por ilícitos perpetrados en noviembre de 2018, en la comuna de Ercilla.

En resolución dividida el tribunal –integrado por los magistrados Alfredo Cox Castro (Presidente), Francisco Boero Villagrán (redactor) y Solange Sufán Arias– rechazó la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, con adhesión de los querellantes, y mantuvo bajo arresto domiciliario total a Carlos Roberto Alarcón Molina –decretado por la Corte de Temuco en abril del año pasado- por considerar que dicha medida satisface la necesidad de cautela en esta etapa procesal.

Decisión adoptada con el voto en contra del magistrado Cox, quien consideró que “(…) entendiendo que la gravedad del hecho, la naturaleza del mismo, y teniendo en consideración especialmente el bien jurídico protegido a que hace referencia el homicidio por el que ha sido condenado, tanto consumado como frustrado, la medida cautelar proporcional necesaria desde mi punto de vista, es y debe ser la prisión preventiva”.

En tanto, en resolución unánime, el tribunal angolino rechazó la modificación de medidas cautelares solicitada por el persecutor y mantuvo sujeto a arresto domiciliario total al condenado Raúl Evaristo Ávila Morales. Asimismo, mantuvo el arresto domiciliario parcial nocturno y la prohibición de acercarse a las víctimas que pesan sobre el condenado Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz, imponiéndole, además la firma semanal en la comuna de Cañete.

“Los acusados han mantenido cumplimiento real y efectivo de sus medidas cautelares, que han sido suficientes para mantener apegados a los condenados Ávila Morales y Valenzuela Aránguiz, a los fines del proceso”, razonó el tribunal.

En veredicto unánime –dictado el jueves 7 de enero recién pasado– el TOP de Angol condenó a los ex miembros del GOPE de Carabineros Carlos Roberto Alarcón Molina como autor del delito consumado de homicidio simple de Camilo Marcelo Catrillanca Marín; y del delito frustrado de homicidio simple del adolescente M.A.P.C.; Raúl Evaristo Ávila Morales fue condenado como autor de los delitos consumados de apremios ilegítimos en contra del adolescente M.A.P.C.; disparo injustificado y obstrucción a la investigación; y Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz, como autor de los delitos consumados de disparo injustificado y obstrucción a la investigación.

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